Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por vivienda en el Vallés Oriental

Cuando se hereda un piso en Catalunya, los herederos deberán pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Este impuesto grava la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o donación.

Hay que tener en cuenta que solo se tributará por este impuesto en Catalunya, si el fallecido vivió en el territorio la mayor parte de los días de los últimos 5 años de su vida

¿Cuánto hay que pagar por el impuesto de sucesiones?

En Catalunya las donaciones suelen ser más caras, porque en las sucesiones hay unas reducciones que en las donaciones no se encuentran. En el impuesto de sucesiones, el tipo impositivo del impuesto se aplica sobre la base liquidable: el valor de la vivienda heredada, una vez descontadas las deudas y gastos y aplicadas las reducciones.

La cantidad resultante de aplicar el tipo impositivo es la cuota tributaria, a la que posteriormente se le aplican las bonificaciones.

El tipo del impuesto en Cataluña varía desde el 7%, si el valor de la base liquidable no supera los 50.000 euros, hasta el 32%, si sobrepasa los 800.000 euros. Te indicamos los siguientes tramos:

Hasta 50.000 euros, el 7 %.

Hasta 50.000 euros, 3500 euros de cuota íntegra,

de 50.000 a 150.000, el 11 %.

Hasta 150.000 euros, 14.500 euros de cuota íntegra,

de 150.000 a 400.000, el 17 %.

Hasta 400.000 euros, 57.000 euros de cuota íntegra

de 400.000 a 800.000, el 24 %

¿Cuándo se está exento de pagar el impuesto de sucesiones en Catalunya?

En el caso de que la vivienda heredada sea la habitual del fallecido: Si el heredero es el cónyuge, ascendiente, descendiente o pariente colateral hasta el tercer grado (hermano, tío, sobrino), puede estar exento de pagar el Impuesto de Sucesiones sobre el valor de la vivienda habitual del fallecido hasta un máximo de 500.000 euros.

Los hijos mayores de 21 años tienen una exención de 100.000 euros en la base imponible del impuesto de sucesiones.

Esta exención se aplica a cada heredero de forma individual y beneficia tanto a descendientes directos como a otros familiares dentro del mismo grupo de parentesco.

Donaciones de vivienda en Catalunya

La donación en vida supone la transmisión de un inmueble a título gratuito mientras el donante sigue vivo.

La operación debe realizarse mediante escritura pública y con aceptación expresa del donatario.

En el caso de las viviendas, podemos distinguir entre:

  • Donación de vivienda habitual de padres a hijos.
  • Donación de nuda propiedad, reservándose el usufructo.
  • Donación de dinero para la compra de vivienda.

Reducciones en los impuestos

Las donaciones en Cataluña se acogen a reducciones importantes, especialmente cuando hay parentesco directo.

También existen bonificaciones por adquisición de vivienda habitual o por discapacidad.

Por norma general, por la Adquisición de la vivienda habitual, 95 % hasta un máximo de 500.000 euros, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Reducción por adquisición de la vivienda habitual de la persona difunta


En las adquisiciones que correspondan al cónyuge, a la pareja estable, al conviviente en una relación de convivencia de ayuda mutua, a los descendientes, ascendientes o colaterales de la persona difunta, se puede aplicar en la base imponible una reducción del 95 % del valor de la vivienda habitual de la persona difunta, con un límite de 500.000 € por el valor conjunto de la vivienda.

Este límite conjunto debe prorratearse entre los sujetos pasivos en proporción a la participación que tienen en el título hereditario.

Como resultado del prorrateo, el límite individual por cada sujeto pasivo no puede ser inferior a 180.000 €.

La reducción también es aplicable en el caso de personas que mantienen una relación paternofilial de hecho que, a efectos del impuesto, se asimilan a las que corresponden a los descendientes y adoptados o a los ascendientes y adoptantes.

A estos efectos se consideran relaciones paternofiliales de hecho las relaciones que se establecen entre una persona y los hijos del
cónyuge o pareja de hecho.

Reducción por donación de una vivienda habitual

o por donación de dinero destinado a la adquisición de esta primera vivienda habitual.


En las donaciones a descendientes de una vivienda que debe constituir su primera vivienda habitual o de dinero destinado a la adquisición de esta primera vivienda habitual, se puede aplicar una reducción del 95 % del valor de la vivienda o del importe donado, con una reducción máxima de 60.000 €.

El límite se incrementa hasta los en 120.000 € para los donatarios que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

A partir del 18.03.2023 también se aplica la reducción cuando la donación sea de un terreno o de dinero para adquirirlo.

También pueden beneficiarse de esta reducción los hijos del cónyuge o de la pareja estable de la persona donante, al asimilarse a descendientes a efectos del impuesto.

Requisitos para conseguir aplicar las reducciones

a) La donación debe formalizarse en escritura pública, en la cual debe hacerse constar de manera expresa la finalidad, en cada caso, de la donación:


– Que la vivienda constituirá la primera vivienda habitual del donatario.
– Que el terreno se destinará a la construcción de esta primera vivienda habitual.
– Que el dinero recibido se destinará a la adquisición de la primera vivienda habitual o del terreno del donatario. En caso de donación dineraria, la escritura pública debe otorgarse en el plazo de un mes a contar desde la entrega del dinero.

b) El donatario no puede tener más de 36 años, salvo que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

c) La suma de las bases imponibles general y del ahorro de la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas presentada por la persona donataria no puede ser superior, restando los mínimos personal y familiar, a 36.000 €.

A estos efectos se considera que la última declaración del IRPF es la última que se ha presentado o que la que habría podido presentar antes de la donación de la vivienda, es decir, antes del devengo del impuesto sobre sucesiones y donaciones.

¿Cómo reducir el pago de impuestos en las herencias de vivienda?

Abrir un fondo donde tus padres tengan la propiedad y en el que tengan usufructo vitalicio y que a ti te pongan como beneficiario del fondo.

De este modo, los herederos pueden recibir la vivienda sin asumir el impacto fiscal que conlleva la herencia tradicional.

Las deudas del fallecido sirven para reducir la base imponible del impuesto de sucesiones en Cataluña, siempre que se acrediten debidamente.

Esto incluye hipotecas, préstamos y otras obligaciones pendientes. Estas deudas se deducen del valor neto de la herencia, disminuyendo el importe sobre el que se calcula el impuesto

¿Cuánto vale la vivienda heredada o donada en el mercado actual?

Somos la inmobiliaria en el Vallés Oriental que ofrece un servicio gratuito de valoración para calcular el precio de mercado de viviendas en ciudades como Mollet, Montmeló o Montornés del Vallés.

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